Según el programa de actividades definido en el punto 3 de la presente memoria del Plan de Participación Pública, las actividades que se van a realizar son las siguientes:

 I.  Puesta en conocimiento del público interesado del Plan de Participación Pública y de la información previa.

Esta fase inicial se centra en la publicación de la información previa relativa al Estudio de Paisaje:

a.       Plan de Participación Pública referente al Estudio de Paisaje 

b.      Plano de las unidades de Paisaje

c.       Plano inicial de Recursos paisajísticos

d.      Fichas resumen de las unidades de paisaje y recurso paisajístico.

e.      Y otras informaciones que se consideren de interés.

Esta documentación se encontrará publicada y a disposición del público en:

- Ayuntamiento de Canals,

- la página web del ayuntamiento:  http://www.canals.es  ,

- la página web http://canals.epyma.es  ,

- Y cualquier otro que se considere oportuno durante el desarrollo del proceso de participación pública.

Mediante los siguientes métodos se notificara al público interesado que esta información está disponible:

- Publicación de un edicto del inicio del Plan de Participación Pública.

- Publicación en el tablón de anuncios del ayuntamiento.

- Notificación a las asociaciones registradas en el municipio de Canals

- Otros sistemas que se considere oportuno durante el desarrollo del proceso de participación pública.

 

II. Realización de encuestas al público afectado. 

Desde que se inicie esta fase, y por un periodo de 30 días, el público interesado podrá ejercer su derecho a formular alegaciones y observaciones sobre el proceso del análisis del Paisaje que se lleva a cabo.

Estas observaciones podrán ser realizadas a través de las encuestas y/o formularios disponibles en el ayuntamiento de Canals y en las páginas web anteriormente indicadas con formularios online, pudiéndose presentar estos mismos en la sede del ayuntamiento y online, durante el periodo anteriormente indicado.

Para simplificar las encuestas, no se le preguntará al público interesado por los Recursos de Paisaje que ya estén recogidos por una figura de la legislación de protección de espacios naturales (Lics, Catalogo de Zonas Húmedas, etc) y  patrimonio cultural, ya que según el artículo 37 del Reglamento de Paisaje de la Comunidad Valenciana a estos se les atribuirá el máximo valor de paisaje.

Las encuestas  se solicitaran los datos personales del encuestado para verificar la autenticidad de la encuesta, aunque estos datos no se almacenarán en ningún fichero.

 

 III. Análisis de los resultados las encuestas y opiniones del público interesado.

Tras la realización de las encuestas se evaluarán las opiniones recogidas y se resaltarán aquellos puntos que puedan resultar de especial interés para el desarrollo del Estudio de Paisaje.

 

IV.  Evaluación de los resultados.

En esta fase se evaluarán los resultados de las encuestas, consultas, sugerencias, etc., que se hayan formulado por parte del público interesado a través de los medios disponibles para ello y que han sido enunciados anteriormente. Estas opiniones serán tenidas en cuenta durante el proceso de elaboración del Estudio de Paisaje. Además se redactarán respuestas que informen de los motivos y consideraciones en los que se basa la decisión adoptada tras el análisis de las mismas.

 

V. Publicación de los resultados.

Tras obtener los resultados y conclusiones de las encuestas y consultas realizadas y de las alegaciones y sugerencias recibidas, se procederá a la publicación de los resultados.

Con respecto a las encuestas, se podrá consultar las contestaciones obtenidas por los encuestados manteniendo la confidencialidad de la persona consultada; así como las conclusiones que se hayan obtenido tras la evaluación de las mismas.

Con respecto a las alegaciones y sugerencias se publicará el total de opiniones y sugerencias recibidas así como las respuestas y consideraciones que se hayan obtenido tras el proceso de evaluación.

Estos resultados serán publicados en los medios y locales que anteriormente han sido mencionados.

 

VI.  Fin de periodo de consultas y sugerencias.

Después de los 30 días de este periodo se cierra esta fase.

 

VII.  Evaluación de la fase inicial del Plan de Participación Pública y redacción del Estudio de Paisaje.

Se redactará un documento final en el que se recoja cual ha sido el desarrollo del Plan de Participación Pública, indicando en caso de considerarse necesario, si se ha producido algún cambio respecto a la programación inicialmente presentada.

Este documento recogerá el resultado y las conclusiones de las consultas realizadas. También estarán recogidos en este documento los resultados de las encuestas realizadas y las conclusiones obtenidas.

Un último apartado explicará cuales son las conclusiones finales que se hayan obtenido y que se tendrán en cuenta durante la elaboración del Estudio de Paisaje. Se recogerá cuales han sido los motivos y consideraciones en los que se haya basado la decisión adoptada. 

 

VIII.  Publicación del resultado definitivo y exposición pública del Estudio de Paisaje junto con el Plan General.

El documento elaborado durante la fase anterior será expuesto al público con la documentación del Plan General en el momento procedimental correspondiente según la Ley Urbanística Valenciana y en los términos en ella dispuestos.

 

 IX.        Respuesta a las alegaciones al Estudio de Paisaje tras la exposición pública.

Tras la fase de exposición pública, y en el caso de que existan alegaciones en este periodo, se responderán las mismas y se acompañaran el resultado de las mismas al Estudio de Paisaje.